Un año después de su entrada en vigor, las 44 toneladas permiten aumentar la carga de los camiones, pero elevan en cerca de 11.000 euros los costes de explotación, según Transportes. La pregunta sigue siendo: ¿Se cobra ese sobrecoste?
La autorización para circular con camiones de hasta 44 toneladas cumplió el pasado 23 de octubre su primer año de aplicación en España. En esa fecha de 2025 comenzó a aplicarse el incremento de la masa máxima autorizada (MMA) de 40 a 44 toneladas para determinados conjuntos de cinco o más ejes, una modificación normativa que permite aumentar la capacidad de carga de los vehículos pesados y que busca mejorar la eficiencia de las operaciones de transporte.
Doce meses después, una de las principales referencias para evaluar su repercusión económica es el Observatorio de Costes del Transporte de Mercancías por Carretera del Ministerio de Transportes, que incorporó una categoría específica para los vehículos articulados de carga general de 44 toneladas.
Incremento de costes del 6,18%
El Observatorio de Costes del Ministerio de Transportes estima que operar con esta masa máxima supone un incremento del 6,18% en los costes de explotación de un vehículo articulado de carga general respecto a uno de 40 toneladas, según la última actualización, correspondiente al mes de abril. Eso si, el mismo Observatorio advierte de que la metodología seguida para la realización de este análisis es diferente de la que se llevó a cabo en los estudios previos que dieron forma al Observatorio actual.
Esencialmente, se refiere a que los datos sobre 44 toneladas en vehículo articulado de carga general “no se apoya en la observación de los vehículos en explotación, sino que es de carácter eminentemente teórico y, por tanto, estimativo”.
Un sobrecoste de más de 11.000 euros al año
La diferencia refleja que el incremento de la capacidad de carga también lleva aparejado un aumento de los gastos de explotación, que debe tenerse en cuenta a la hora de negociar los precios del transporte.
El Observatorio de Costes de abril de 2026 sitúa en 194.109,78 euros el coste anual de explotación de un vehículo articulado de carga general de 44 toneladas, frente a los 182.809,24 euros estimados para uno de 40 toneladas. La diferencia alcanza los 11.300,54 euros anuales.
En términos de coste por kilómetro, la referencia ministerial establece 1,6176 euros para el vehículo de 44 toneladas, frente a 1,5234 euros para el de 40 toneladas que asciende a 1,903 euros por kilómetro cuando el vehículo circula cargado. Esto supone una diferencia del 6,18%
Casi un 8% extra de combustible
Entre los costes que incrementan de forma notable destaca, como no, el combustible, cuyo consumo estimado aumenta un 7,8% al operar con la masa máxima de 44 toneladas. Con un consumo medio estimado en 37,4 litros a los 100 Kilómetros, el coste anual de esta partida se sitúa en 71.243,85 euros, frente a los 66.088,91 euros del vehículo de 40 toneladas.
Otro de los elementos que “sufre” el aumento de peso son los neumáticos, cuyo rendimiento kilométrico se reduce un 7,6%, elevando a la postre su coste un 8,22%. Igualmente hay otras partidas de gastos que se encarecen como el mantenimiento y las reparaciones, un 5,5%, mientras que los seguros registran un incremento del 2,4%.
A ello se suma una reducción estimada de la vida útil de los vehículos: medio año menos para la cabeza tractora y un año para el semirremolque. Esta circunstancia repercute en la amortización, que aumenta un 10,10%, hasta los 19.946,07 euros anuales, y en la financiación, cuyo coste crece un 10,12%.
El aumento de carga no compensa automáticamente el sobrecoste
La finalidad de las 44 toneladas es incrementar la productividad del transporte, al permitir trasladar más mercancía en cada desplazamiento y reducir potencialmente el número de viajes necesarios para mover un mismo volumen de carga. Bajo esta premisa, los clientes de los transportistas, los cargadores, presionaron durante años al ministerio de Transportes para que incrementase el MMA hasta las 44 toneladas. El beneficio económico para los cargadores estaba claro: más toneladas transportadas con el mimo número de viajes, o menos vehículos para transportar las mismas toneladas.
Sin embargo, para las empresas transportistas, es obvio que para que esta mejora se traduzca en una ventaja económica al menos no en una pérdida de rentabilidad, resulta determinante que los costes adicionales se trasladen a los precios del servicio, una cuestión que, de momento, sigue tener una respuesta clara.
¿Qué vehículos pueden circular con 44 toneladas?
La Orden PJC/780/2025, publicada en el BOE el 23 de julio de 2025, estableció el incremento de la masa máxima autorizada hasta las 44 toneladas para los vehículos articulados de cinco o más ejes y determinados trenes de carretera.
La nueva MMA se aplica a los conjuntos articulados de cinco o más ejes y a los trenes de carretera compuestos por un vehículo de motor de tres ejes con un remolque de dos o tres ejes, siempre dentro de las condiciones técnicas establecidas.
La entrada en vigor se organizó mediante un calendario progresivo. Para los vehículos no cisterna, el nuevo límite comenzó a aplicarse el 23 de octubre de 2025, mientras que para los vehículos cisterna se estableció un plazo de seis meses desde la publicación de la orden, por lo que pudieron acogerse a las 44 toneladas desde el 23 de enero de 2026.
La normativa también contempla que los vehículos cuyas masas máximas técnicamente admisibles ya permitan alcanzar los nuevos límites puedan circular sin necesidad de modificar inmediatamente la tarjeta ITV, hasta su siguiente inspección periódica, momento en el que podrán anotarse las nuevas masas autorizadas conforme al procedimiento establecido.
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