Se mantienen con carácter general las carreteras y horarios afectados en años anteriores por las restricciones y se mantienen las restricciones en carreteras con especiales dificultades de gestión.
El pasado sábado 25 de febrero fue publicada en el BOE la Resolución INT/183/2023, de 24 de enero del Servicio Catalán de Tráfico por la que se establecen las restricciones a la circulación en Cataluña para el año 2023, siendo aplicables desde el 7 de febrero hasta la aprobación de las nuevas restricciones para el próximo año.
Las restricciones establecidas para este año 2023 tienen como objetivo garantizar la movilidad, la fluidez y la seguridad vial con carácter general y en especial, en festivos, vacaciones o desplazamientos masivos.
Como nota destacada, de nuevo, se establece el uso las autopistas AP-2 AP-7 y otras autovías pertenecientes la red de itinerarios europeos para los vehículos en tránsito por Cataluña.
Con carácter general, se establecen las siguientes Restricciones en las carreteras catalanas:
-Transporte de Mercancías en general (vehículos y conjunto de vehículos de más de 7.500 kg de M.M.A). Recogidas en el Anexo B de la resolución.
Restricciones Genéricas:
-Todos los sábados de 2023 de 10.00 a 14.00 horas en Barcelona N-II del km 630 al km 682 en ambos sentidos y todos los domingos y festivos de 17.00 a 22.00 horas en Barcelona en ambos sentidos en N-II del km 630 al km 682; en N-340 de Villafranca del Penedés a Cervelló, y en N-340a de Cervelló a Quatre Camins.
Restricciones de Verano:
-Todos los sábados de julio de 10h / 11h a 14h y todos los domingos de julio de 17h a 22h en determinadas carreteras determinadas en el Anexo B de la resolución.
-Todos los domingos y festivos entre el 11 de junio y el 11 de septiembre, de 10h a 22h en Girona en C-253 de Sant Feliu de Gixols a Palamós, C-35 del enlace GI-512 a enlace AP-7, C-63 de Loret de Mar a Vidreres, GI-681 de Llagostera a Tossa de Mar y GI-682 de Barcelona a Lloret de Mar, todas en ambos sentidos.
Restricciones de Invierno:
-Todos los sábados del 7 de enero al 1 de abril y del 2 al 16 de diciembre de 8h a 12h en determinados tramos de carreteras de Lleida. N-145 de la Seu d’Urgell al límite de Andorra, C-14 de Ponts a Adrall y N-260 de Cardanya a Adrall, todas en ambos sentidos.
-Todos los domingos y festivos del 1 de enero al 2 de abril y del 3 al 17 de diciembre de 17h a 20h en esos mismos tramos de carreteras de Lleida.
Restricciones de Semana Santa:
-Día 7 de abril (Viernes Santo), de 10h a 14h o de 8h a 12h; día 9 de abril (Domingo Santo), de 17h a 22h y el día 10 de abril (Lunes de Pascua), de 10h a 22 o de 16h a 22h en las carreteras y tramos señalados en el Anexo B de la resolución.
Festivos y Puentes (salidas / retornos):
-Fundamentalmente los días 1 de mayo, 15 de octubre y 10 de diciembre en la mayoría de carreteras del Anexo B de la resolución de 10h a 22h o de 17h a 22h.
Exenciones
Se establecen exenciones a estas limitaciones para los siguientes transportes: productos alimentarios y bienes esenciales a establecimientos de venta; ganado vivo; basura de recogida municipal; leche cruda; alimentación animal para granjas de producción; agua para consumo humanos transportado en cisternas; correos; distribución de prensa diaria; vehículos de auxilio en carretera portadores de la placa V-24 y vehículos dedicados a la campaña de vendimia, cereal, etc.. en los periodos de campaña agrícola.
Se establecen además determinadas exenciones por razón del itinerario para determinados tipos de transporte en determinadas circunstancias indicadas en el Anexo E de la resolución.
Por otra parte, se establece que los vehículos en tránsito por Cataluña de más de 7,5T de MMA sin efectuar operaciones de carga, descarga, descansos u operaciones de mantenimiento, sólo podrán circular haciendo uso de la Red de Itinerarios Europeos o autopistas y autovías disponibles, debiendo abandonar estas vías el tiempo mínimo imprescindible para efectuar estas actividades.
Transporte de Mercancías Peligrosas.
La Red Itinerarios RIMP queda configurada específicamente para estos transportes en el Anexo C de la resolución, fijándose asimismo, itinerarios específicos para circular por determinadas comarcas.
Se recomienda la consulta de la aplicación http://ximp.gencat.cat/appximp/ para la consulta de los itinerarios.
-Con carácter general, además de las restricciones antes señaladas, se prohíbe la circulación en todas las carreteras todos los domingos y festivos de 8h a 24h y vísperas de festivo que sean miércoles o jueves de 16h a 24h. Ante varios días festivos consecutivos, incluidos domingos, de 8h a 15h el primer día y de 8h a 24h el último, estando los intermedios sin restricción. En todo caso, la víspera de festivos consecutivos estará restringido de 16h a 24h.
-Túnel del Cadí (C-16/E-9 del km 117 al 131) los fines de semana del viernes a las 14h hasta el domingo a las 24h, las vísperas no sábados de festivos, de 14h a 24h y los festivos de 0h a 24 h.
-Túnel de Vielha (N-230 del km 151 al 156) todo el año de 22h a 6h, los domingos y festivos de 8h a 22h, los sábados de 8h a 22h, viernes de 16h a 22h y las vísperas de festivo, no sábados, de 16h a 22h.
Excepciones: De forma permanente gases licuados para uso doméstico embotellado o a granel, materias para aprovisionamiento de estaciones de servicio o combustibles destinados a puertos y aeropuertos, transporte ferroviario o consumo doméstico; gases para funcionamiento de centros sanitarios o asistencia domiciliaria.
Transportes Especiales y Vehículos Especiales.
-Además de las restricciones generales indicadas en el cuadro adjunto, en todas las carreteras de Cataluña los domingos y festivos de 8h a 24h y vísperas de festivos que sean miércoles y jueves de 16h a 24h.
-Ante varios festivos consecutivos, incluidos domingos, el primero estará restringido de 8h a 15h, el último de 8h a 24h y los intermedios no tendrán restricción; no obstante, la víspera del primer festivo tendrá restricción de 16h a 24 h.
-Asimismo, en el Túnel del Cadí (C-16 del km 117 al 131) y Túnel de Vielha (km 151 al 156) los viernes desde las 14 hasta las 24 horas del domingo. Los festivos de 0 a 24 horas y las vísperas de festivos no sábados, desde las 14 a las 24 horas.
-Se mantiene la A-2 entre el km 444 y el 527 en ambos sentidos, los viernes de 17h a 22h.
Puede consultarse la resolución completa en este ENLACE
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