El Ministerio de Fomento publicó, el pasado día 30 de junio en el BOE la relación de transportistas de edad avanzada beneficiarios de las ayudas de 2015 al abandono de la actividad.
La principal novedad de la convocatoria de este año para las ayudas al abandono voluntario ha sido el incremento de la partida presupuestaria destinada a las ayudas, una dotación que este año se ha contado con 12,7 millones de euros, frente a los 9,8 millones del ejercicio anterior. Como consecuencia de ello, el número de transportistas autónomos beneficiados con estas ayudas del ministerio de Fomento se ha incrementado en un centenar, llegando a un total de 424 beneficiarios.
Sin embargo, este incremento del presupuesto no ha sido suficiente para cubrir las solicitudes presentadas, reduciendo el ámbito de las ayudas concedidas a aquellos transportistas que tienen una edad próxima a los 65 años, así como aquellos que tienen declarada una incapacidad, mientras que los solicitantes con menos de 64 años no han podido acceder a dichas ayudas. La lista de excluidos y los motivos de no concesión podrá ser consultada en la página web del Ministerio de Fomento www.fomento.es
Para todos aquellos que a los que se les han concedido las ayudas, para poder proceder al cobro de la subvención, el beneficiario deberá aportar al Ministerio de Fomento la documentación señalada a continuación:
- Declaración responsable comprometiéndose al abandono definitivo de la actividad de transporte por carretera.
- Declaración responsable comprometiéndose a no utilizar el título de capacitación profesional.
- Certificado de baja de la/s autorización/es de transporte, expedido por la Comunidad Autónoma correspondiente en el que se especifique como motivo de la baja la renuncia al ejercicio futuro de la actividad.
- Renuncia definitiva al permiso de conducción para vehículos de más de 3.500 kg de MMA y/o autobuses o fotocopia compulsada del nuevo permiso de conducción expedido después de la renuncia.
- Identificación de cuenta bancaria para el abono de la subvención concedida.
- Certificado de encontrarse al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social y con Hacienda.
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