UPTA reclama que la futura ley de reforma del RETA se exija a las empresas el registro de los contratos que formalizan con los TRADE y la obligación del cumplimento de lo dispuesto en la Ley del Estatuto del Trabajo Autónomo
Las principales empresas de reparto de paquetería no cumplen legalmente con más de 50.000 transportistas. Ese es el demoledor dato lanzado recientemente por la Unión de Profesionales Trabajadores Autónomos (UPTA), en clara referencia a los denominados autónomos económicamente dependientes (TRADE).
“Desde la implantación de la Ley 20/2007 del Estatuto del Trabajo Autónomo, los derechos colectivos de los trabajadores por cuenta propia quedaron garantizados, pero en el transporte, ni un sólo autónomo ha podido inscribir su contrato en el Servicio Público de Empleo. En la práctica, esto significa que más de 50.000 autónomos que realizan su actividad en el sector del transporte de mercancías están trabajando si las garantías necesarias”, afirman fuentes de esta federación.
“Desde UPTA-añaden estas fuentes- exigiremos que todas las empresas de transporte apliquen para ellos lo mismo que demandan para los demás” y ponen el ejemplo de cómo no hace mucho, “estas empresas denunciaban las irregularidades que desde Amazon se cometen a la hora de contratar los servicios de distribución de sus mercancías”.
La situación es insostenible, según la federación de autónomos, y por tanto urge tomar medidas “ya que miles de autónomos del transporte continúan sin tener derecho al descanso vacacional; siguen sin poder disfrutar de la baja por paternidad o maternidad; continúan trabajando más de 12 horas diarias realizando tareas que en ningún caso son las derivadas de su prestación del servicio; incluso tienen que hacerse cargo de los robos, roturas y pérdidas de la mercancía”.
La petición que hace UPTA pasa por recoger en la futura ley de reforma del RETA, que se exija a las empresas el registro de los contratos que formalizan con los TRADE y la obligación del cumplimento de lo dispuesto en la Ley del Estatuto del Trabajo Autónomo, “dónde quedan claramente determinados los derechos colectivos a través de los Acuerdos de Interés Profesional (AIP)”.
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