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Esta  comisión analiza las solicitudes, hace una recomendación y la decisión final para establecer coeficientes reductores compete a la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social.

Cuatro meses después desde que el Consejo de Ministros aprobara el Real Decreto por el que se regula el procedimiento previo para determinar los supuestos que permiten anticipar la edad de jubilación en el sistema de la Seguridad Social mediante la aplicación de coeficientes reductores, el pasado jueves 16 de octubre, El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado la Orden PJC/1146/2025, mediante la cual el Gobierno crea una Comisión de Evaluación encargada de analizar las condiciones laborales que puedan justificar la aplicación de coeficientes reductores de la edad de jubilación.

En palabras del ejecutivo,  lo que se pretende es  “objetivar el proceso de reconocimiento de jubilaciones anticipadas, garantizando una evaluación técnica basada en indicadores verificables” , que deben dar un paso importante hacia el reconocimiento de la dureza de ciertos oficios esenciales, entre ellos el transporte por carretera.

Determinará en que sectores se puede aplicar

Este nuevo órgano interministerial, dependiente del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, tiene como objetivo determinar en qué sectores o actividades profesionales —como el transporte por carretera, la minería o la pesca— podrían existir circunstancias objetivas que permitan acceder a la jubilación antes de la edad ordinaria, debido a la penosidad, peligrosidad o insalubridad de los trabajos.

La comisión tendrá un mes para emitir su recomendación a computar desde el día en el que haya recibido los informes de morbilidad y mortalidad de distintos organismos competentes, como el Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, entre otros.

Siete  votos para el Gobierno, cuatro para los agentes sociales

La Comisión, cuya creación da cumplimiento al Real Decreto 402/2025, de 27 de mayo, estará compuesta por representantes de los ministerios de Inclusión, Trabajo, Hacienda y Función Pública, además del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), el Instituto Social de la Marina y las organizaciones empresariales y sindicales más representativas a nivel estatal.

Entre los agentes sociales la representación se divide a partes iguales entre patronal dos representantes (uno de CEOE y otro de Cepyme)  y sindicatos (uno de CC OO y otro de UGT), mientras que la  presidencia recaerá en un representante de la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social.

La decisión final en manos de la Seguridad Social

En esta comisión, la “voz cantante” la va a llevar el Gobierno, que  tendrá siete votos, frente a los cuatro de los agentes sociales. Sin embargo, es importante aclarar que  esta comisión no toma la decisión final, sino que se limita a dar una recomendación. La decisión final  corresponde al propio Ministerio de Seguridad Social.

Entre sus funciones destaca la emisión de informes técnicos sobre morbilidad, mortalidad y siniestralidad laboral, con base en datos de organismos como el Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo o la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. A partir de esas evaluaciones, la Comisión podrá instar la aprobación de reales decretos que reconozcan el derecho a la jubilación anticipada en determinados colectivos.

Conductores profesionales:  un candidato firme

Aunque la norma no cita profesiones concretas, el sector del transporte por carretera se considera uno de los que podría beneficiarse de este análisis, debido a las largas jornadas, el estrés, la siniestralidad y las condiciones físicas exigentes que caracterizan la profesión. Organizaciones sindicales y patronales del transporte llevan años reclamando que se reconozca su actividad como penosa y de alto riesgo, lo que permitiría adelantar la edad de retiro sin penalización económica.

No obstante, tal y como publicamos recientemente, según informaciones de  CC.OO,  aún no se habrían  presentado ni siquiera ( es el paso que inicia el trámite) la petición conjunta de organizaciones empresariales y sindicatos del sector, o  de autónomos  en el caso de los trabajadores por cuenta propia.

El Ejecutivo subraya que la creación de la Comisión no supondrá incremento de gasto público, ya que funcionará con medios y personal ya existentes en la Administración. La nueva normativa ha entrado hoy en vigor ,17 de octubre de 2025, un día después de su publicación en el BOE.

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