certificado conductor extranjero

A partir de ahora el certificado de conductor de terceros países sólo será exigible únicamente para la actividad de transporte público internacional de mercancías por carretera

El Boletín Oficial del Estado (BOE) acaba de publicar la Orden TRM/59/2025, de 16 de enero, que regula el certificado de conductor para la realización de la actividad de transporte público internacional de mercancías por carretera. Esta nueva normativa introduce cambios significativos con respecto al requisito de la documentación para los conductores de terceros países y responde a las peticiones que desde el Comité Nacional de Transporte por Carretera habían solicitado varias asociaciones profesionales

No serán necesarios en transporte nacional

La publicación de la Orden TRM/59/2025 deroga la Orden FOM/3399/2002, que, desde 2002, obligaba a las empresas a contar con un certificado de conductor para la realización del transporte nacional cuando los conductores eran de países no pertenecientes a la UE. 


Más información👉Conductores profesionales extranjeros para paliar la falta de transportistas


Así, a partir de ahora, el certificado de conductor de terceros países sólo será exigible únicamente para la actividad de transporte público internacional de mercancías por carretera, no ya en transporte nacional, y siempre que el conductor sea un nacional de un tercer país no perteneciente a la Unión Europea o al Espacio Económico Europeo y no sea residente de larga duración. En consecuencia una buena parte de los aproximadamente 15.000 certificados que en la actualidad están expedidos quedarán eliminados al destinarse al transporte nacional.

No obstante, los certificados de terceros países expedidos con anterioridad mantienen su vigencia hasta la fecha de expiración que indiquen y como máximo dos años desde la entrada en vigor de la Orden, que será el 29 de enero de 2025.

Carga burocrática innecesaria

De esta forma el Ministerio de Transportes ha optado por flexibilizar la exigencia de dicho documento, que solo suponía en muchos casos una simple carga burocrática innecesaria, ya que no posibilitaba controlar las condiciones laborales reales que tienen dichos conductores, ya que lo único que se limita a acreditar es su alta laboral.

En este sentido,  desde diversos ámbitos del transporte,  se insiste  en que el control de las posibles irregularidades que pudieran darse en la contratación laboral en el sector del transporte por carretera, debe llevarse a cabo en todo caso por la Inspección Laboral, cuya actuación “debe ser realizada con independencia de cual sea la nacionalidad del trabajador contratado, y no sólo cuando se produzca el alta en la empresa sino a lo largo de su vida laboral, control que el referido certificado no puede llevar a cabo”, en opinión de Fenadismer.

Artículos relacionados

Volvo eleva el listón del transporte eléctrico con camiones de hasta 700 km de autonomía Volvo

Volvo eleva el listón del transporte eléctrico con camiones de hasta 700 km de autonomía

15 Abril 2026

La nueva generación de camiones eléctricos de Volvo, con el FH Aero de autonomía extendida a la...

1.629 millones para renovar 5.000 km de firmes en mal estado de la Red de Carreteras del Estado Carreteras

1.629 millones para renovar 5.000 km de firmes en mal estado de la Red de Carreteras del Estado

16 Abril 2026

La red de titularidad estatal, con más de 26.500 kilómetros, soporta más del 50% del tráfico total...

2026 complica el transporte de mercancías por carretera: costes disparados y mercado muy incierto Sector

2026 complica el transporte de mercancías por carretera: costes disparados y mercado muy incierto

20 Abril 2026

La actividad de transporte de mercancías se ha encontrado con un entorno operativo...

Transportes sancionará a las empresas que no revisen las tarifas cuando sube el precio del combustible Sector

Transportes sancionará a las empresas que no revisen las tarifas cuando sube el precio del combustible

16 Abril 2026

Con las medidas que entran en vigor hoy, el Gobierno busca evitar que los transportistas operen a...

El 32% de los camiones y el 28,7% de las furgonetas circulan sin ITV en España Noticias

El 32% de los camiones y el 28,7% de las furgonetas circulan sin ITV en España

14 Abril 2026

Las cifras oficiales de la DGT muestran ademas que más de 438.000 vehículos (un 8,3% del total)...

Últimos artículos