Se trata del quinto sector industrial con más peticiones de prestación por parte de los autónomos, de un total de más de 1 millón de solicitudes, la mayoría  provenientes del comercio, construcción y hostelería


Los autónomos que trabajan en el sector del transporte por carretera y la logística  se están viendo afectados  duramente por la crisis sanitaria y las consecuencias derivadas de la declaración del estado de alarma que ya dura casi un mes y medio. A pesar de lo que pueda parecer, al tratarse de una actividad esencial, y que por tanto no se ha visto obligada por fuerza a paralizar su actividad, lo cierto es que la paralización de la actividad de sus clientes ha arrastrado a muchos autónomos y pymes a solicitar la prestación por cese de actividad o por haber sufrido una reducción significativa de sus ingresos.
  

Según los datos facilitados por el Ministerio de Seguridad Social a Fenadismer, en relación  dicha prestación extraordinaria hasta la semana pasada se habían recibido 1.016.670 solicitudes de prestación de cese de actividad del conjunto de sectores industriales, de las que han sido resueltas favorablemente 898.734, que desde el pasado fin de semana han empezado a cobrar la prestación por parte de su Mutua.

Estos datos suponen que  ceca de uno de cada tres autónomos ha solicitado la prestación, de los cuales un 72 % lo han solicitado por cese de su actividad realizada y un 28 % por haber reducido significativamente sus ingresos. La prestación tiene una cuantía del 70% de la base reguladora, es decir, un mínimo de 661 euros en el caso de los autónomos que cotizan por la base mínima.

Por sectores económicos, destaca el número de solicitudes planteadas por los autónomos del sector del comercio, con 227.249 solicitantes, seguido de la hostelería, con 197.788, la construcción, con 74.881 y la industria manufacturera, con 39917 solicitantes. En quinto lugar sitúa el transporte y la logística, con un total de 36.905 autónomos acogidos a dichas ayudas, de las que un 12% son autónomas. Por regiones, las Comunidades con una incidencia más elevada en solicitudes de la prestación son, en orden decreciente, Andalucía, Cataluña, Comunidad Valenciana, Madrid y, a mayor distancia, Galicia.

Hace ya más de un mes que el Gobierno puso en marcha una prestación por Cese de Actividad extraordinario para paliar las pérdidas de las actividades empresariales y profesionales de los autónomos más afectados por la crisis del coronavirus. A dichas ayudas, que se tramitan ante las correspondientes Mutuas donde se encuentren adscritos, pueden acogerse tanto aquellos autónomos cuya actividad se haya paralizado o se encuentre entre las suspendidas por el Decreto de Declaración del Estado de Alarma o normas posteriores, así como para el resto de actividades, como es el caso del sector del transporte por carretera, en los que la facturación del autónomo en el mes anterior a la solicitud se reduzca al menos en un 75% respecto de la del promedio mensual del semestre natural anterior.

Autónomos sin Mutua podran solicitar la prestación
Como novedad aprobada esta misma semana en Consejo de Ministros  y  publicado en el Real Decreto-ley 15/2020, de 21 de abril, de medidas urgentes complementarias para apoyar la economía y el empleo, la nueva norma resuelve uno de los quebraderos de cabeza de muchos autónomos desde que se aprobara la prestación extraordinaria por cese de actividad. Y es que los autónomos sin Mutua colaboradora se veían avocados a solicitar la prestación con el SEPE sin que este estuviera preparado para la recepción y gestión de estas solicitudes. Algo que ya explicamos en este artículo de análisis sobre las medidas para autónomos.

Ahora la disposición final octava del Real Decreto insta a estos autónomos a la elección de una Mutua colaboradora para tramitar con ella la prestación y que esta asuma la protección y la responsabilidad del pago de la prestación extraordinaria. Por tanto, se deberá realizar solicitud ante una Mutua colaboradora con efectos del primer día del mes en que se cause el derecho a la prestación extraordinaria por cese de actividad.

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