Se cumple la quinta prórroga de los límites de facturación para poder tributar en el régimen de estimación objetiva, un "alivio fiscal" para miles de transportistas autónomos, demandada por FETRANSA desde el año 2016
La Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021 , que pone fin a la cuentas prorrogadas de 2018 del anterior Gobierno del PP, las más longevas de la historia de España, se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el 31 de diciembre y ha entrado en vigor el 1 de enero.
La aprobación de estos presupuesto generales, a parte de una enorme inyección de capital a las principales partidas presupuestarias, gran parte de él proveniente de los fondos europeos, nos deja entre las medidas aprobadas, una nueva prórroga por quinto año consecutivo del límite de facturación anual de 125.000 euros en este año para que los autónomos puedan continuar acogidos en 2021 al régimen de estimación objetiva del IRPF e IVA, lo que coloquialmente se denomina régimen de módulos, un "alivio fiscal" que, un año más, va a permitir a miles de transportistas autónomos que siguen tributando en este régimen, no ver incrementados sus costes fiscales, en un momento en el que el sector atraviesa momentos muy complicados.
Según los datos que de un estudio realizado por la Federación Nacional de Transporte Discrecional de Mercancías (FETRANSA), el sobrecoste para un transportista autónomo que tiene que abandonar el sistema de estimación objetiva para pasar a estimación directa o bien constituirse como sociedad, puede llegar hasta los 15.000 euros, en los casos más favorables. Es precisamente esta organización, quién ha posibilitado las, hasta ahora, cinco prórrogas seguidas que se han aprobado por los diferentes gobiernos estatales, tras el cambio normativo aprobado en 2016, que modificaba al alza ( duplicando) los límites legales previstos para poder tributar en este régimen de estimación objetiva.
IMPREM y cotizaciones
Además de la prorroga de módulos, la publicación de los PGE nos deja otras novedades como el IPREM diario queda establecido para 2021 en 18,83 euros, el mensual en 564,90 euros, y el anual en 6.778,80 euros. El IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples) es el baremo que se emplea desde 2004 para decidir si una persona tiene derecho a recibir ayudas para vivienda, una beca universitaria o de comedor, o un subsidio de desempleo, una vez se ha agotado el paro. El IPREM no solo se emplea para saber si se tiene derecho o no, también fija la cuantía de la ayuda que se concede. Llevaba congelado desde 2004.
En lo relativo a los impuestos, se incrementa el Impuesto sobre las primas de seguros que en 2021 pasa del 6% al 8% su tipo de gravamen, y se introducen modificaciones en el Impuesto sobre el Patrimonio.
Sobre cotizaciones a la seguridad social, se fija el tope máximo de la base de cotización en todos los regímenes en 4.070,10 euros/mensuales (o 135,67 euros diarios) a partir del 1 de enero de 2021, mientras que el mínimo, se iguala al importe del salario mínimo interprofesional vigente, incrementado en un sexto.
Esta base mínima, en el caso de los trabajadores autónomos que en algún momento del año 2020 y de manera simultánea hayan tenido contratado a su servicio un número de trabajadores por cuenta ajena igual o superior a diez, queda fijada en 1.214,10 euros mensuales, aplicable a partir de 1 de enero de 2021.
Además, en el RETA se mantienen las bases y tipos de cotización, a excepción de los de contingencias profesionales (que suben del 1,1% al 1,30%) y los de cese de actividad (del 0,8% al 0,9%), según estipuló el RDL 28/2020, mientras que no sufren modificaciones los tipos de cotización por contingencias comunes y horas extraordinarias.
Al final no hay subida del diésel
Otro de los aspectos importantes que se ha producido durante la tramitación de estos presupuestos es que, finalmente, el Congreso de los Diputados ha acordado eliminar la polémica subida de 3’8 céntimos en el impuesto al diésel propuesta por el Gobierno en el proyecto de Ley, y que afectaba especialmente a los transportistas titulares de vehículos de menor tonelaje, al no poder acogerse al régimen de devolución parcial del impuesto a través de la figura del gasóleo profesional, y que suponen casi una tercera parte de la flota de camiones que operan en España.
Se mantienen las ayudas al abandono
Otra de las noticias positivas para el colectivo de transportistas autónomos que nos deja este 2020, (aunque no está incluida en los PGE) también en buena parte fruto de las gestiones llevadas a cabo por FETRANSA ante la dirección general de Transportes, que dirige Mercedes Gómez, es el mantenimiento de las ayudas al abandono de actividad para transportistas autónomos por carretera, unas ayudas que, según algunas fuentes del sector, estuvieron a punto de ser desmanteladas. Finalmente, el pasado mes de junio , en una convocatoria que se hizo esperar por las especiales circunstancias en que ha situado al país el estado de alarma por la crisis del Covid-19, se publicó la resolución , de la Secretaría de Estado de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana que regula su dotación presupuestaria, requisitos y plazos.
De hecho, Fetransa, quiso reconocer y destacar a la Directora General de Transportes, Mercedes Gómez, y su equipo de subdirectores, “por haber cumplido el compromiso que nos había trasladado en las reuniones que la federación había mantenido con ellos , y en las que les habíamos hecho llegar la necesidad de seguir manteniendo estas ayudas para conseguir que los profesionales de más edad que tienen que abandonar el sector lo puedan hacer en las condiciones más dignas posibles”.
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