Establecerá en su propio calendario de protestas y movilizaciones en una actuación coordinada con otras asociaciones de transportistas
FETRANSA, federación nacional que agrupa de forma mayoritaria a autónomos y pequeñas empresas del sector del transporte de mercancías por carretera, no secundará la huelga general del próximo 29 de marzo y establecerá en su propio calendario de protestas y movilizaciones en una actuación coordinada con otras asociaciones de transportistas.
FETRANSA no secundará la huelga convocada por los sindicatos el próximo 29 de marzo, no obstante,la organización ha afirmado en un comunicado que “en la próxima reunión prevista para el 11 de abril con otras organizaciones de transportistas se estudiará establecer un calendario para llevar a cabo de forma conjunta y coordinada medidas de protesta ante, no sólo la desatención y desidia de la Administración a la hora de adoptar medidas para el sector del transporte, que ha sido uno de los más afectados por la crisis, sino por el continuo abuso de las condiciones contractuales que cometen tanto los cargadores como los operadores de transporte, principalmente provocado por el incumplimiento de la clausula de revisión del carburante y los plazos máximos de pago”.
En la anterior reunión mantenida entre las organizaciones territoriales de transportistas, incluidas las pertenecientes a FETRANSA, se acordó proponer a la Administración, una serie de medidas a las que, según la organización, “ sigue sin dar respuesta”:
1.- La aplicación con carácter obligatorio y vinculante de la cláusula de revisión del coste del combustible establecida en el art. 38 de la Ley del Contrato de Transporte Terrestre, debiendo incorporarse un precepto sancionador en caso de incumplimiento y debiendo aparecer de forma separada en la factura.
2.- Exención al transporte de mercancías por carretera del Impuesto sobre Venta Minorista de Determinados Hidrocarburos (IVMH), comúnmente conocido como céntimo sanitario, del mismo modo que lo están el resto de modos de transporte que compiten directamente con el transporte por carretera (aéreo, marítimo y ferrocarril).
3.- Convocar las ayudas a transportistas autónomos que abandonen la actividad para el año 2012, con una dotación presupuestaria mínima de 60 millones de euros tal y como se comprometió la Administración en los acuerdos de junio de 2008.
4.- Establecimiento con carácter obligatorio del plazo máximo de pago a 30 días previsto en el art. 41 de la Ley del Contrato de Transporte Terrestre, debiendo preverse un precepto sancionador a fin de hacer eficaz los plazos de pago al igual que ha sucedido en otros países de nuestro entorno como Francia.
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