Comprobar la eficacia de todos los elementos de seguridad de un vehículo es algo esencial para la seguridad vial. Y si se trata de la eficacia de frenado en vehículos industriales más si cabe, tanto por las duras condiciones de trabajo que soportan como por las fatales consecuencias que se derivan de su siniestralidad vial.
Para efectuar un control más efectivo por parte de las ITVs, a partir de este año se obliga a los camiones a pasar la revisión de frenos en situación de plena carga, lo que ha generado no pocos problemas.
Como consecuencia de la aplicación de la Directiva europea 2010/48 relativa al procedimiento de medición de la eficacia de frenado de los vehículos de transporte de mercancías de masa máxima autorizada a 3’5 toneladas y los autobuses, se estableció la obligatoriedad de que a partir del 1 de Enero de 2012 los referidos vehículos deben realizar dicho procedimiento de revisión de los frenos con una carga de al menos 2/3 de su capacidad portante.
La Comisión argumenta este cambio en que el hecho de que un camión pase una ITV en vacío y de una potencia de frenado correcta según los parámetros exigidos por la normativa, no asegura que ese mismo camión en condiciones de plena carga siga estando en el rango de frenado exigido.
Dada la brevedad de plazo entre que la norma fue aprobada y su entrada en vigor ha ocasionado que transportistas están teniendo muchos problemas al realizar la revisión en las ITV por la disparidad de criterios que se están aplicando en las diferentes Comunidades Autónomas, así como por la falta de preparación de la tecnología necesaria por parte de muchas estaciones de ITV.
La prueba de frenos se realizará de forma diferente, dependiendo del sistema de frenado de cada vehículo. Así, los vehículos con sistema de frenado hidráulico o hidráulico-neu- mático (en su mayoría vehículos de MMA inferior a 10 toneladas) deberán acudir a la ITV con la máxima carga posible (al menos 2/3 de su capacidad).
A día de hoy, y pese a que para los vehículos con un MMA de hasta 10 ton, no hay todavía ninguna ITV que tenga adaptadas sus líneas para poder realizar la prueba de frenado mediante el método de la extrapolación.
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Tras mantener varias reuniones diferentes asociaciones de transportes con el ministerio de Industria, éste alegó falta de competencia para resolver la problemática del nuevo procedimiento de revisión de los frenos de la ITV a los vehículos de transporte, dado que dichas competencias corresponden a las Comunidades Autonómicas, por lo que se comprometió que en la próxima reunión de coordinación que se mantuviera solicitaría a las Consejerías de Industrias autonómicas información detallada sobre el estado de aplicación del Plan Director así como de la posibilidad de establecer sistemas alternativos que faciliten a los transportistas realizar las pruebas de frenado en las ITV (cargas a disposición de los transportistas, entre otras).
Fruto de estos contactos, el Ministerio de Industria en coordinación con las Comunidades Autónomas y consensuado con la ENAC, asociación que agrupa a las 221 estaciones de ITV existentes en España, lo que llevó 6 meses de intenso trabajo, ha elaborado un Plan Director para la aplicación de dicha obligación legal, estableciendo los siguientes plazos de exigencia de la revisión de la eficacia de frenado:
• Para los vehículos de transporte entre 3’5 y 5 toneladas, a partir del 1 /1 /2012.
• Para los vehículos de transporte entre 5 y 10 toneladas, a partir del 1 /7/2012.
• Para los vehículos de transporte de más de 10 toneladas, a partir del 1 /7/ 2013.
En todo caso, están exceptuados de acudir cargados a la ITV aquellos vehículos de transporte cuya carga puede resultar complicada a efectos de realizar la revisión, ya sea por motivos de seguridad o de salubridad e higiene, como por ejemplo vehículos de transporte de personas, vehículos de transporte de animales vivos, de transporte de mercancías peligrosas, basuras o con carga indivisible.
Alternativas a la carga
Este plan Director, además de establecer los tiempos en que dicha directiva deberá ser de obligado cumplimiento, también aporta alguna alternativa para proceder a efectuar la prueba de frenado.
Así, para realizar dicha revisión existen dos métodos; el que estipula propiamente la Directiva Europea, es decir mediante la utilización de frenómetros, para lo que se requiere que el vehículo que vaya a pasar la revisión esté cargado al menos a 2/3 de su capacidad. Sería la solución más racional, pero según las fuentes consultadas por Autónomos ¡En Ruta!, no resulta tan fácil, pues hay una gran cantidad de camiones que casi nunca circulan con esos dos tercios de carga exigidos, o bien les resulta imposible desplazarse hasta una ITV cargados. Tampoco parece muy razonable que las propias ITVs dispusieran de cargas preparadas para lastrar los vehículos, una acción que ralentizaría notablemente el trámite.
Para paliar este problema, se ha propuesto una segunda opción que consistiría en un sistema de medición de las presiones en los circuitos de freno hasta la máxima de presión de trabajo, para lo que no se exige que el vehículo al realizar la revisión se encuentre cargado. Este procedimiento sólo puede ser utilizado por vehículos equipados con sistema de frenado puramente neumático y que dispongan de las correspondientes tomas o conexiones de presión del circuito de frenado accesibles en un lateral del vehículo para poder conectar el manómetro.
“Esta solución-aclara Enrique del Castillo, responsable de ingeniería en la ITV de Ocaña, va a obligar tanto a las ITVs , que tenemos que adaptar los frenómetros y la maquinaria que deberemos utilizar , bien sean sistemas de elevación, de enlingado, etc, como a los clientes, que van a tener que adaptar las tomas neumáticas del sistema de frenado, disponiendo de una toma lateral, necesaria para poder efectuar este control”.
La prueba consiste en realizar una simulación que servirá para extrapolar los datos obtenidos a una situación de plena carga. Para ello se conectan unos sensores a las tomas del circuito de freno, realizando la prueba de frenado en un rango de presión que oscila entre los 2 y los 2,5 bares, para luego extrapolar esos datos a un rango de presión de 8 bares, que correspondería a la situación real de carga total del vehículo. Para conseguir el rango de presión mínimo de 2 bares las ITVs necesitan elevar los frenómetros de manera que se ejerza una mayor presión sobre el eje, consiguiendo así el mismo efecto que si el eje estuviera cargado (hasta el mínimo de los 2 bares).
El problema radica en que los vehículos con una cierta antigüedad, más de siete u ocho años no suelen disponer de esas tomas laterales “lo que dificulta enormemente el realizar esta simulación, pues hay que ir al circuito de frenos cuyas tomas están en la parte inferior”.
A día de hoy, y pese a que para los vehículos con un MMA de hasta 10 ton, no hay todavía ninguna ITV que tenga adaptadas sus líneas para poder realizar la prueba de frenado mediante el método de la extrapolación. Asimismo, los servicios técnicos de algunos de los principales fabricantes tampoco contemplan las modificaciones técnicas necesarias en los vehículos (tomas laterales), pues, simplemente, desconocen la normativa en cuestión. Eso si, algunos de ellos si han confirmado que las series de vehículos industriales recientes ya disponen de fábrica de este tipo de tomas.
Así al menos ocurre con las gamas TGA y TGX de MAN, o las gamas más modernas de fabricantes como Volvo Trucks, Scania, Mercedes e Iveco.
Manuel Monzón Jefe de Taller de Tecnifrenos, afirma que, aunque también desconoce el cambio de la normativa, el dotar al vehículo de una toma lateral donde poner conectar para verificar la presión del circuito de frenos es una operación relativamente sencilla “ obviamente dependiendo del vehículo en cuestión, se podrá optar por hacerlo de una manera o de otra, pero no es complicado”. Según sus cálculos, no debería demorarse más de 2 o 3 horas a lo sumo una operación de esas características. “eso sí, una vez que comencemos a hacer ese tipo de operaciones, luego seguro que se hace más rápidamente, porque ya tenemos la experiencia de cada vehículo”. Sobre el precio que puede costar, no se aventura a dar una cifra, pues “también dependerá de la estructura del camión.

| Nuevo sistema de frenómetro: Para conseguir el rango de presión mínimo de 2 bares las ITVs necesitan elevar los frenómetros de manera que se ejerza una mayor presión sobre el eje central, consiguiendo así el mismo efecto que si el eje estuviera cargado (hasta el mínimo de los 2 bares). |
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