Seguros de transporte: como no perder dinero en un siniestro
Todo accidente provoca un estado de tensión, aunque las consecuencias del mismo hayan sido leves. Puede tratarse tan sólo de la pérdida o rotura de un objeto cotidiano que llevamos en el vehículo o de daños materiales o físicos. En cualquiera de los casos, lo que hay que evitar a toda costa es que, por falta de información, determinados daños que fueran indemnizables, sean rechazados por la aseguradora responsable, o se abonen en una cantidad inferior a la ajustada a derecho. En función de la defensa del perjudicado, se exponen ciertas reglas que nos ayudarán mucho a la hora de una reclamación y conseguir con ella, que su resultado sea lo más satisfactorio posible.
En primer lugar resaltar, que los nervios y la tensión propios de todo accidente no deben impedir que realicemos un análisis sereno y claro de la situación, y determinemos, con todo detalle, en el parte de declaración amistosa o en el atestado, todos los daños y perjuicios apreciables originados en el momento. La omisión de cualquier pormenor puede producir en muchas ocasiones, que las aseguradoras no indemnicen alguno de los daños sufridos, por no haber sido denunciados en el momento.
Acudir al médico el mismo día del accidente Es habitual que tras un accidente, si las lesiones son leves no acudamos al Hospital, no ya el día del siniestro, tampoco en los días posteriores. Si después de una semana tenemos que ir al médico porque los dolores persisten, nos podremos llevar la desagradable sorpresa de que las lesiones sean rechazadas por la aseguradora al considerar que las mismas, por el tiempo transcurrido, se deban a otras causas u otro accidente.
Víctimas de los nervios
A modo de ejemplo, podemos fijarnos en un caso que, tras un siniestro suele darse con bastante frecuencia, y es la pérdida o rotura de objetos de uso muy habitual, que en una situación de nervios pueden pasar inadvertidos. Así, si tras un accidente comprobamos la perdida de unas gafas pero no lo hemos indicado en el momento de escribir el parte, es muy probable que la aseguradora no lo admita posteriormente.
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Por otro lado, si se da el caso de que en dicho accidente, actuasen los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado, no debemos confiar en que en el atestado elaborado por ellos se hayan recogido todos los perjuicios ocurridos y que estos hayan sido declarados, es necesario comprobar mediante una detallada lectura, que todos los daños han quedado expresamente reflejados.
Paso a paso
El siguiente paso que debemos dar es: Confirmar que los daños declarados están siendo económicamente valorados conforme a su valor real o de mercado. Por su trascendencia económica y funcional, los daños materiales que más nos preocupan son lógicamente los originados a nuestro vehiculo. En este sentido, ya lo hemos indicado en otras ocasiones, el perjudicado tiene derecho a la reparación del vehículo o a su indemnización equivalente. Y este derecho es una opción del perjudicado, no de la aseguradora. La aseguradora deberá asumir el coste total de la reparación hasta dejarlo en el mismo estado en el que se encontraba antes de ocurrir el accidente, la única limitación que excluye a la aseguradora de esta situación es que la reparación sea imposible o que la misma supere el valor venal del vehículo.
Cuando se diera el caso de pérdida total, la aseguradora deberá abonar el valor venal más un porcentaje (denominado valor de afección), que puede variar según las circunstancias desde un 10 a un 50 %. Del mismo modo que, si el vehículo tiene algún añadido extra, y, éste está declarado en póliza, deberemos valorarlo aparte, pues el valor venal se aplica a un vehículo sin accesorios extraordinarios.
Lesiones
En cuanto a las lesiones es absolutamente necesario acudir al médico el mismo día del accidente aunque los síntomas sean leves. Además de las lesiones propiamente sufridas, están incluidos todos los gastos médicos derivados o surgidos tras el accidente, y la aseguradora estará obligada a pagar, entre otros puntos un porcentaje, este porcentaje dependerá de los días de baja si estos son impeditivos o no y si el forense nos concede o no puntos de secuela.
Todos estos consejos son imprescindibles para recibir una indemnización ajustada a derecho, pero no dejan de ser nociones básicas que nos hacen comprender la necesidad de asesorarse adecuadamente tras sufrir un accidente de tráfico. Por este motivo es muy importante buscar siempre y “a tiempo” un buen asesoramiento con el fin de evitamos una segunda sorpresa. La primera sería el accidente, la segunda vendría representada por no ver satisfechas nuestras expectativas y no ser indemnizados justamente por los daños que nos han ocasionado.
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