Con dos años de retraso acaba de presentarse el proyecto de Reglamento de los Transportes Terrestres (ROTT), un texto largamente esperado, que afecta tanto al propio Reglamento como a 13 órdenes ministeriales y que, promete un debate enconado entre los diferentes colectivos que conforman un sector tan dispar, en intereses, como el transporte por carretera.

Han pasado ya cuatro años desde que se aprobara la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres (LOTT), que estableció un plazo de dos años para la entrada en vigor del Reglamento que debía desarrollar, en parte, esa Ley. Y ahora llega la reforma del ROTT que la desarrolla y que se encuentra en fase de estudio y análisis por parte de las asociaciones profesionales.
No obstante, desde el Ministerio advierten ya que en esta reforma “hemos tenido una cierta libertad pero con dos pies forzados”, según declaró Emilio Sidera, subdirector de Normativa del Ministerio de Fomento, en referencia tanto al desarrollo de lo contenido en la LOTT, como al nuevo reglamento comunitario 2016/403 que aborda directamente el tema de honorabilidad que deben cumplir todas las empresas transportistas y operadores de transporte.  
Sobre los plazos previstos, Sidera apuntó que la publicación en el BOE podría producirse en los meses de  marzo-abril de 2018, lo que llevaría hasta julio de 2018 la entrada en vigor de la norma con carácter general. En este calendario previsto, solamente el nuevo sistema de exámenes para la obtención de la capacitación profesional se retrasaría hasta 2020.

 

 ADMINISTRACIÓN 2.0  Adiós a la tarjeta de transportes

La conversión ya iniciada de la Administración tradicional en electrónica, va a producir algunos cambios importantes en la relación de ésta con sus adminisitrados, es decir, con las empresas transportistas. Para empezar, va a cobrar especial relevancia el Registro General de Empresas como registro único y actualizado en tiempo real, con independencia de quién haya otorgado el título habilitante. Mediante el portal público del registro se puede acceder a la información sobre  todos los datos de cada una de las empresas autorizadas.
Sin embargo, más llamativo resulta la que será la desaparición de la autorización de transporte, en formato físico, tal y como la conocemos hasta ahora. Ahora cualquier comprobación se realizará a través del registro electrónico.  Esta digitalización de la información también va a ayudar a “relajar” la carga burocrática de las empresas que, a partir de ahora no tendrán que preocuparse del visado ya que, aunque se mantiene cada dos años, será la propia administración quien se encargue de oficio.

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Más tecnología y menos autónomos

Tres son los objetivos que, a juicio de Fomento, se persigue con esta modificación del ROTT y las órdenes ministeriales implicadas: el impulso de la “profesionalización del sector, de las empresas en su conjunto y el avance hacia la incorporación definitiva a las nuevas tecnologías como vehículo único de comunicación con la administración electrónica, la contención de la “excesiva atomización” del sector, y, en último lugar, el incremento de la trasparencia, que debe traducirse en mayor seguridad jurídica en el funcionamiento del mercado, con especial incidencia en los cambios que se efectúan en el cumplimiento del requisito de honorabilidad.
Estos tres objetivos son los que pretenden alcanzarse con las novedades incluidas tanto en el ROTT como en las diferentes órdenes ministeriales que modifica. En concreto, una de las más controvertidas son las que recogen los principales requisitos de acceso y permanencia en el sector.  Se mantiene la exigencia de que el transportista tenga al menos tres vehículos con una capacidad de carga de al menos 60 ton, si opera con vehículos de más de 3,5 ton (basta que uno de ellos lo sea). Las novedades en este punto se centran en el mantenimiento de esta capacidad durante toda la vida de la actividad del transportista. Es decir, a partir de la entrada en vigor de la Orden Ministerial, no podrá bajar de tres vehículos. Para las empresas que en el momento de la entrada en vigor tengan menos de tres vehículos, se establece un régimen transitorio, que les permitirá seguir indefinidamente en el mercado, pudiendo crecer sin necesidad de llegar a tres vehículos, pero con la salvedad de que no podrán decrecer. Además, en el momento que alcancen los tres vehículos, ya se rigen por el régimen general.
Muy importante también para el futuro devenir de autónomos y pymes es el hecho de que se dificulta la transmisibilidad de las autorizaciones, estableciendo que el adquiriente deberá acreditar que dispone de una flota mínima de tres vehículos y 60 ton.  

 

De capacitado a gestor de transporte
Otro cambio de cierto calado afecta a la definición que se hace del capacitado, de la persona que aporta la Competencia Profesional a la empresa transportista u operador de transporte. “Este capacitado-afirma Sidera- ahora tiene nombre profesional y definición profesional clara, como Gestor de Transporte”.  Esta persona asume hasta 14 funciones y debe estar contratada y dada de alta en la seguridad social a tiempo completo, en otras palabras, se trata del gerente de la empresa”. Obviamente se establecen ciertas excepciones, como los capacitados personas físicas, o personas vinculadas familiarmente a esa persona física, pero deberá estar dado de alta en el régimen especial de autónomos. En el caso de personas jurídicas, también podrán cumplir como gestores los accionistas de las empresas que tengan al menos el 15% del capital social de la empresa, aunque también tendrá que darse de alta en Seguridad Social.
En cualquier caso, se recoge que a la entrada en vigor de la norma, sea cual sea la relación laboral o mercantil que tenga con ese gestor, podrá mantener esa situación, mientras que la autorización siga a nombre de la empresa, o no cambie de gestor. Se establecerá un régimen transitorio de dos años para que las empresas puedan acreditar que el gestor cumple con todas las funciones definidas en la nueva orden. Pasado este tiempo podrá sancionarse a la empresa e incluso perder la autorización.


En el requisito de capacidad económica se mantienen las cuantías en 9.000 euros por vehículo y 5.000 por los restantes, aunque si que eleva la capacidad económica para los operadores de transporte de los 60.000 euros actuales hasta 90.000.

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Capacidad económica
Pocos cambios se recogen respecto al requisito de capacidad económica, que mantiene las cuantías en 9.000 euros por vehículo y 5.000 por los restantes, aunque si que eleva la capacidad económica para los operadores de transporte de los 60.000 euros actuales hasta 90.000.
No obstante, Emilio Sidera puntualiza algunos hechos que, bien suponen el cumplimiento, como el hecho de tener todos los vehículos de la flota en propiedad o régimen de leasing sin superar una antigüedad de 10 años, o el incumplimiento, como es el hecho de una declaración concursal, que supone que la empresa no es capaz de cumplir con sus obligaciones económicas y por tanto da lugar a la pérdida de la autorización y la inhabilitación para seguir en la actividad.  

 

Honorabilidad “por puntos”
Así de gráficamente se ha referido a los cambios que afectan a la honorabilidad José Carlos Jato, responsable de la ponencia sobre el ROTT de Fetransa, ya que el nuevo texto prevé la pérdida de este requisito con la consiguiente anulación de la autorización o autorizaciones que tuviera y la inhabilitación para ejercer en la profesión, así como la inhabilitación del gestor de transporte  durante el tiempo que dure la pena prescrita. Tampoco es tema menor para Emilio Sidera que lo calificó como el “ogro” de la modificación normativa, para posteriormente asegurar que en gran medida “viene forzado por la normativa comunitaria”.  
La mayoría de las infracciones que dan lugar a la pérdida de la honorabilidad se refieren a la normativa de transportes, aunque también las hay de tráfico y en materia laboral. Todas esta sanciones son catalogadas como “muy graves”, pero, tal y como aclara Sidera, dentro de estas “las hay muy muy graves, cuya comisión una sola vez dará lugar a la perdida de la honorabilidad”. Ejemplos de este tipo de infracciones serían rebasar en más de un 50% el tiempo de conducción diario de un conductor, o operar sin autorización o bien contratar con transportistas no autorizados. En estos casos, la inhabilitación es siempre por un año.
Por lo que respecta al resto de infracciones muy graves, el criterio básico es la reiteración: se establece la comisión de tres infracciones en el plazo de un año. Sin embargo aquí hay que aplicar el “criterio de proporcionalidad” establecido por la Comisión Europea, que vincula el número de infracciones al de vehículos de la empresa, de manera que hay que contabilizar tres infracciones por cada vehículo de la empresa. Es decir, una empresa con 1.000 camiones, debería cometer 3.000 infraccciones de este tipo para perder la honorabilidad. Una vez iniciado el expediente sancionador, cabe la posibilidad de que el director general de Transportes de la comunidad en la que reside la empresa  dicte una resolución motivando que  la pérdida de la honorabilidad es  “desproporcionada”, paralizando la inhabilitación y la pérdida de las autorizaciones.  


La pérdida del requisito de honorabilidad provoca la anulación de la autorización o autorizaciones que tuviera y la inhabilitación para ejercer la profesión, así como la inhabilitación del gestor de transporte  durante el tiempo que dure la pena prescrita.

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Muchas dudas para Fetransa
Tanto en el capítulo de la honorabilidad como en otros Fetransa se ha mostrado  muy en desacuerdo con algunos preceptos contenidos en el proyecto.  Muchos de ellos relacionados con la pérdida de la honorabilidad, que, en opinión de José Carlos Jato, presidente de Upatrans, federación castellanoleonesa integrada en Fetransa, en muchas ocasiones “quedamos en manos de terceros” “la manipulación del tacógrafo y el limitador, o no llevar insertada la tarjeta del tacógrafo, son infracciones muy muy graves de la que el empresario puede no tener constancia. De igual manera hay infracciones relacionadas con la Seguridad Vial, que no sabemos como   se va a sustanciar; es un problema sobre el que podemos no tener control pero sufrir todas las consecuencias”. “En este sentido -añade Jato- lo que proponemos es que el reglamento recoja una especia de “programa de cumplimiento”, es decir que se establezcan unos criterios de cómo tenemos que actuar las empresas para poder acreditar nuestra honorabilidad. También que se paralice la pérdida de la honorabilidad cuando el transportista acuda a un contencioso administrativo”. “No podemos olvidar que la consecuencia de la pérdida de la honorabilidad es la pérdida de las autorizaciones, y reponer esa pérdida es imposible para una empresa con dos o tres vehículos, pues tiene que empezar de cero”.   

 

El mantra de Fomento sobre la rentabilidad de autónomos y Pymes
Es una constante desde al menos el año 2000. Desde el Ministerio de Fomento, se repite en cualquier foro que la excesiva atomización del sector en España es un freno para la competitividad del sector.
El propio Sidera afirmó recientemente que pese a que “no tenemos nada que objetar contra la microempresa, hoy en día  la actividad del transporte se ha convertido en una actividad de volumen: o muevo muchas toneladas kilómetro o el margen de rentabilidad del negocio no da para mantenerse en este sector”.
Desde Fetransa afirman todo lo contrario.
“El autónomo no es ineficiente. La prueba está en que no es el mercado el que nos expulsa del sector sino el Ministerio de Fomento”, en opinión de José Carlos López Jato, quien aclara que “el mantra que repite el Ministerio no es cierto, porque el mercado no es sólo los grandes movimientos logísticos, sino que también tiene sus pequeñas necesidades de transporte que el autónomo y Pymes cumplen a la perfección. No tenemos porqué competir en los mismos nichos”, sentencia.”.

 

rott autonomosenruta2 AL HABLA CON...   JOSÉ CARLOS JATO. Presidente de UPATRANS

“Si la  tesis del Ministerio de Fomento fuera cierta sería el propio mercado quien nos habría expulsado del sector”

Fetransa ha declarado que esta modificación va a provocar   la desaparición o la reducción a un colectivo puramente testimonial de los autónomos. ¿Cómo se va a producir esto?
“Es evidente que nosotros ocupamos un nicho de mercado al que no dan cobertura las grandes empresas. Hay muchas pymes en nuestro país que no demandan grandes empresas, sino empresas con una o dos camiones. Peo lógicamente si no podemos dar respuesta a nuestros clientes que coyunturalmente deciden crecer, porque si la cosa le sale mal, al final yo no puedo volver a reducir, me tengo que quedar con la dimensión que tengo ahora y flexibilidad igual a la de todo el mundo.
Si encima nuestro patrimonio empresarial no lo podemos transmitir, porque el patrimonio de la empresa no es sólo la autorización, es tu imagen, los clientes, etc.. a  la vuelta de diez años,  o se la transmito a mis herederos o la entrego al Ministerio y poco a poco  conlleva la desaparición del colectivo”.

¿Quién va a ocupar ese hueco?
“Estamos convencidos que el hueco que poco a poco vayan dejando los transportistas autónomos y las pymes de menos de tres vehículos lo ocuparán empresas de mayor tamaño, pero  amparándose  en la proliferación de  cooperativas de trabajo asociado, dado que será la única manera de acceder al mercado desde una dimensión muy reducida. Es una  una figura interpuesta entre el cargador y el transportista con el fin de promover de mano de obra barata al cargador pero que para el trabajador condensa lo peor del régimen por cuenta ajena y lo peor del de autónomos”.

¿Sigue habiendo entonces espacio para los autónomos y pequeñas empresas?
“Obviamente. Se dice siempre que el autónomo es ineficiente... y eso no es cierto. Tenemos flotas modernas, acceso a las nuevas tecnologías como todo el mundo y somos conscientes de cómo tenemos que gestionar nuestro negocio.  Si esta tesis del Ministerio de Fomento y grandes empresas logísticas fuera cierta sería el propio mercado quien nos habría expulsado del sector, pero es el Ministerio el que nos expulsará.  Un ejemplo lo tenemos en las cooperativas de transportistas que funcionan de maravilla y la gente se pega por entrar y coger una plaza”.

 

 

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