La convalidación del Decreto-Ley se llevará a cabo como  proyecto de ley, lo que posibilitará introducir enmiendas durante su tramitación parlamentaria.

El Pleno del Congreso de los Diputados ha convalidado hoy el Real Decreto-ley 14/2022 de medidas de sostenibilidad económica en el ámbito del transporte que, entre otras cosas, articula la gratuidad temporal de los servicios de Cercanías, Rodalies y Media Distancia convencional para usuarios recurrentes, y las medidas de apoyo al transporte de mercancías por carretera para garantizar que trabajen a un precio justo, además de habilitar un nuevo paquete de ayudas de 450 millones de euros. La Cámara Baja también ha aprobado que el texto se tramite como Proyecto de Ley por el procedimiento de urgencia.

Por lo que respecta al Transporte de mercancías por carretera, el Decreto-Ley recoge los acuerdos alcanzados el pasado mes de Julio entre el Ministerio de Transportes y las asociaciones que componen el Comité Nacional de Transporte por Carretera, y que incluía la nueva línea de ayudas directas para el sector del transporte y la nueva Ley de Cadena del Transporte, ya conocida como Ley del Coste Mínimo, que recoge la histórica reivindicación del sector de prohibir la contratación a pérdidas en el sector del transporte así como la generalización de la contratación por escrito en el transporte de mercancías.

Esta última medida es pionera en todo el ámbito de la Unión Europea, ya que ningún otro Estado miembro tiene una regulación similar en el sector del transporte por carretera dirigida a proteger al último eslabón de la cadena de transporte, esto es, al transportista efectivo. En todo caso, tal y como han recordado desde el ministerio en múltiples ocasiones,  debe quedar claro que no se trata de imponer unas tarifas obligatorias por la prestación de servicios de transporte, ya que eso vulneraría la legislación nacional como europea en materia de libre competencia, sino lo que viene a determinar es la prohibición de que se impongan unos precios por la realización de un servicio de transportes que no permitan cubrir los costes de explotación de dicho servicio.

Además, el pleno de la Cámara baja a decidido que la convalidación se lleve a cabo  mediante su conversión en proyecto de ley, lo que posibilitará introducir enmiendas durante su tramitación parlamentaria, aunque el contenido del Decreto-Ley es de plena aplicación desde su aprobación. Este aspecto adquiere bastane relevancia, debido a que no son pocas las asociaciones profesionales, especialmente las vinculadas a autónomos y microempresas de transporte que se han mostrado críticas con la redacción final de este Real Decreto. En concreto, FETRANSA   resalta tres aspectos: la no aplicación del régimen sancionador a los precios que se concierten en el caso de las relaciones continuadas cuando éstos no cubran los costes efectivos individuales del transportista, no haber limitado la cadena de subcontratación, la indefinición en la que se ha dejado al transporte de carga fraccionada sin haber aceptado el Ministerio clarificar más esta cuestión.

Ayudas directas

Este Real Decreto-ley recoge además,  un nuevo paquete de ayudas directas a las empresas de transporte terrestre de mercancías y pasajeros debido a la alta dependencia del precio del combustible de este sector estratégico.

La línea, dotada con más de 450 millones de euros, se distribuirá por número y tipo de vehículo como sigue:

- Vehículos pesados de mercancías: 1.250 euros por vehículo.

- Vehículos ligeros de mercancías: 500 euros por vehículo.

- Autobús: 950 euros por vehículo.

- Ambulancia: 500 euros por vehículo.

- Autobús urbano: 950 euros por vehículo.

- Taxis y VTC: 300 euros por vehículo

- Locomotoras diésel: 15.000 euros.

Las ayudas a los autobuses urbanos es una de las novedades de este Real Decreto-ley respecto al paquete aprobado en marzo y se dirige a las empresas que presten servicios públicos colectivos urbanos o suburbanos.

La ayuda acordada se concederá antes del 31 de diciembre de 2022, respetando en todo caso las Decisiones aprobadas de conformidad con el Marco Temporal Europeo Ucrania y sus sucesivas modificaciones.

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