Las nuevas normas están incluidas en el denominado Paquete de Movilidad, publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea del pasado 31 de Julio y que incluye también la Directiva sobre el desplazamiento de conductores y el Reglamento de Acceso al mercado de transportes
Como ya informamos en su día, han tenido que pasar cerca de tres años y numerosas rectificaciones y enfrentamientos entre los Estados miembros para finalmente poder contar con el esperado Paquete de movilidad, publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea del pasado 31 de Julio se publicaron y que contiene un conjunto de normas armonizadas sobre transporte por carretera, que modifican sustancialmente las normas comunes de en toda Europa en materias tan relevantes como la Directiva sobre el desplazamiento de conductores, el Reglamento de Acceso al mercado de transporte y el Reglamento sobre Tiempos de Conducción y Descanso.
De todas ellas, durante este año solo veremos entrar en vigor el Reglamento sobre Tiempos de Conducción y Descanso ( hoy mismo), debido a que para el resto de normas se especifican diferentes plazos transitorios de adaptación a las nuevas regulaciones introducidas, de manera que en el caso de las novedades introducidas en la Directiva sobre el desplazamiento de trabajadores y el Reglamento de Acceso al mercado de transporte no entrarán en vigor hasta el año 2022, incluyendo medidas para el control de las empresas buzón y limitación del cabotaje.
Por lo que se refiere al nuevo Reglamento sobre tiempos de conducción y descanso, repasamos las principales novedades aprobadas de las que ya hemos informado anteriormente:
-La pausa de 45 minutos se puede hacer con el vehículo en marcha: ante los diferentes criterios que sobre esta cuestión tenían los Estados miembros, se clarifica que la exigencia de que el conductor haga una pausa de 45 minutos cada 4.5 horas de conducción podrá hacerse a bordo del vehículo con el vehículo en marcha en caso de conducción en equipo (doble tripulación) a condición de que el conductor que hace la pausa no se dedique a asistir al que conduce.
-Se prevén descansos semanales más flexibles en transporte internacional: se permite que el conductor realice dos descansos semanales reducidos consecutivos (esto es, de al menos 24 horas), sólo si son tomados fuera de su país de establecimiento, y siempre que en cada cuatro semanas consecutivas se efectúen al menos cuatro periodos de descanso semanales, dos de ellos normales (es decir, de al menos 45 horas).
Dicha reducción de descanso deberá compensarse en bloque añadiéndolo al siguiente descanso semanal normal. Sobre la cuestión de cuando se puede considerar que un conductor se dedica al transporte internacional, el criterio será: si inicia los dos períodos de descanso semanal reducidos consecutivos fuera del Estado miembro de establecimiento de su empresa y fuera del lugar de residencia del conductor.
–Se prohíbe el descanso en cabina en descansos semanales normales: dicha prohibición, ya refrendada en su día por el Tribunal de Justicia de la UE, establece la no realización del descanso semanal a bordo del vehículo, siempre que se trate de un descanso semanal normal ( esto es, el superior a 45 horas) estableciéndose como novedad que necesariamente el empresario deberá garantizar que el conductor realice el descanso fuera del camión en un alojamiento adecuado y asumir los gastos que esto ocasione.
–Se pueden ampliar 1 ó 2 horas el limite máximo de conducción diaria o semanal : a fin de que los conductores puedan pasar más tiempo en casa, podrán superar el tiempo máximo de conducción diario (9 o 10 horas) y semanal (56 horas) en un máximo de una hora, para llegar al centro de trabajo del empresario o al lugar de residencia del conductor con el fin de disfrutar del período de descanso semanal.
Asimismo, el conductor podrá superar el tiempo de conducción diario y semanal en un máximo de dos horas, siempre que tome una pausa ininterrumpida de treinta minutos inmediatamente antes de la conducción adicional para llegar al centro de trabajo del empresario o al lugar de residencia del conductor con el fin de disfrutar de un período de descanso semanal normal. En ambos casos, deberá seguir respetándose el tiempo máximo de conducción bisemanal (90 horas).
–Los conductores deben regresar a su centro de trabajo o lugar de residencia cada 3 o 4 semanas: La empresa de transporte organizará el trabajo de sus conductores de tal manera que, en cada período de cuatro semanas consecutivas, estos puedan regresar al centro de trabajo del empresario en el que normalmente tiene su base el conductor y en el que empieza su período de descanso semanal, en el Estado miembro de establecimiento del empresario, o regresar al lugar de residencia de los conductores, para disfrutar al menos de un período de descanso semanal normal o de un período de descanso semanal de más de 45 horas tomado como compensación de un período de descanso semanal reducido.
Si el conductor ha tomado dos períodos consecutivos de descanso semanal reducido, la empresa de transporte organizará el trabajo del conductor de tal modo que este pueda regresar antes del inicio del período de descanso semanal normal de más de 45 horas que tome como compensación, esto es, en la tercera semana. La empresa deberá documentar la manera en que da cumplimiento a esta obligación y conservará esta documentación en sus locales para presentarla a solicitud de las autoridades de control.
Más inforamción sobre transporte por carretera
Artículos relacionados

Las ventas de camiones crecen por encima del 17% en el primer semestre
05 Julio 2023Crecen las matriculaciones de camiones por encima del 17% en los seis primeros meses del año, en...

Volvo Trucks entrega 7 camiones Volvo FM Electric a El Mosca
04 Julio 2023El modelo Volvo FM Electric, alcanza una autonomía de hasta 300 kilómetros y cuentan con 3 motores...

La DGT cifra en 87 personas los fallecidos en siniestros de tráfico durante el mes de junio
04 Julio 2023En vehículo industrial, 5 han sido los fallecidos, 4 en camiones pesados y uno en furgoneta, 2...

La somnolencia es, después del alcohol, la principal causa de los siniestros de tráfico.
05 Julio 2023La Ley de Prevención de Riesgos laborales deja desprotegido al conductor autónomo, que, como el...

Solo 7 ciudades españolas han implantado una Zona de Bajas Emisiones
04 Julio 2023Desde el pasado mes de enero son 151 las ciudades y municipios de más de 50.000 habitantes...

Gasolineras y áreas de descanso (actualizado) en los que se presta servicio a los transportistas
11 Julio 2023Las asociaciones provinciales pertenecientes a FETRANSA, en colaboración con Autónomos ¡En Ruta!,...
Últimos artículos
-
Sector Aparcamientos seguros para camiones: La UE flexibiliza los requisitos
-
Noticias Futuro incierto para el sector del transporte en Madrid: El TSJM anula la moratoria a furgonetas con etiqueta B
-
Carreteras Los transportistas navarros piden parar los peajes en la Comunidad Foral
-
Asociaciones El incremento del gasóleo le costará al transporte 400 euros al mes por cada camión
-
Sector Los transpotistas tendrán dos años más, hasta 2029, para adaptarse a los camiones euro7 si prospera la propuesta de los Estados miembros
-
Carreteras Cortes de tráfico en la autovía A-66 por obras del tercer carril entre Lugones y Matalablima, en Asturias
-
Sector Los transportistas piden que los costes de adaptación de los nuevos tacógrafos los paguen los fabricantes
-
Sector La demanda interna de transporte de mercancías por carretera baja un 12% en el segundo trimestre del año