La Unión Europea fija en 2035 el final de las furgonetas y coches diesel y gasolina

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final de las furgonetas y coches diesel y gasolina

Ya en 2030 el 50% de las furgonetas deben ser de cero emisones y se establecen controles bianuales para evaluar la transición en el conjunto de la UE.

El Parlamento Europeo ha dado el visto bueno definitivo al acuerdo alcanzado con la Comisión y el Consejo Europeo para prohibir la venta de coches y furgonetas  de combustión interna, esto es diésel y gasolina (híbridos incluidos) a partir de 2035. Por tanto, quedan doce años de transición, en los que el objetivo es que se vaya reduciendo de forma gradual el uso de este tipo de motores, hasta su desaparición total, que de facto  se prolongará bastante tiempo más, puesto que no se prohíbe su circulación. El plan ha salido adelante a pesar del rechazo del PP europeo y la extrema derecha, con 340 votos a favor, 279 en contra.

En el camino hacia esta prohibición se establecen dos plazos para la reducción de las emisiones de este tipo de vehículos: el primer objetivo de reducción de CO2 es del 55% para automóviles nuevos y del 50% para furgonetas nuevas de aquí a 2030,  en comparación con los niveles de 2021; mientras que  el segundo es del 100% para turismos y furgonetas nuevos para 2035. La pregunta que se hace la industria del automóvil y los usuarios es si ese margen es suficiente para acometer una transición como la que se pretende.

Y para  llevar un control más exhaustivo del grado de cumplimiento en los próximos años, Bruselas  tendrá que realizar  un informe bianual a partir de 2025 para evaluar si se está avanzando al ritmo adecuado en el conjunto de la UE hacia el objetivo vinculante de cero emisiones; un informe multidisciplinar, pues  tendrá que valorar esta transición desde diferentes puntos de vista, como el impacto de la reforma en los consumidores y en el empleo así como la evolución del mercado de vehículos de ocasión.

Emisiones de CO2 reales  e incentivos

Además de fijar este calendario de reducción de emisiones, el reglamento aprobado  contempla otras medidas clave:

La Comisión presentará, a más tardar en 2025, una metodología para evaluar y comunicar datos sobre las emisiones de CO2 durante todo el ciclo de vida de los automóviles y furgonetas vendidos en la UE. Cuando proceda, esta metodología irá acompañada de propuestas legislativas.

-Como tarde en diciembre de 2026, la Comisión estudiará la diferencia entre los valores límite de emisión y los datos reales de consumo de combustible y energía, informará sobre una metodología para ajustar las emisiones concretas de CO2 de los fabricantes y propondrá unas medidas de seguimiento adecuadas.

-Los fabricantes con una producción reducida (entre 1 000 y 10 000 automóviles nuevos o entre 1 000 y 22 000 furgonetas nuevas al año) podrán beneficiarse de una exención hasta finales de 2035. Los que declaren menos de 1 000 vehículos nuevos al año seguirán estando exentos.

-El actual mecanismo de incentivos para vehículos de emisión cero o de baja emisión recompensa a los fabricantes que venden más vehículos de este tipo con unos objetivos de reducción de emisiones de CO2 más bajos. Se trata de los vehículos con emisiones entre cero y 50 g de CO2/km, como los vehículos eléctricos e híbridos enchufables con buen rendimiento. Este mecanismo se adaptará para ajustarse a las expectativas de venta. De 2025 a 2029, el índice de referencia de los vehículos de emisión cero o de baja emisión queda fijado en el 25 % para las ventas de automóviles nuevos y en el 17 % para las furgonetas nuevas. A partir de 2030, este incentivo desaparecerá.

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