Además, tras el acuerdo del CNTC con el Ministerio en diciembre de 2011 se puede solicitar a partir de un hora de espera.
Los trasportistas afectados por esperas de más de una hora de sus vehículos para poder efectuar la carga o descarga de sus vehículos pueden reclamar en concepto de paralización, por un importe que, para este año asciende a 40 euros por cada hora de espera, durante el primer día. Teniendo en cuenta que el máximo computable es de 10 horas por día, la paralización por el primer día ascendería a 400 euros, mientras que durante el segundo día, asciende a 50 euros por hora, y a partir del tercer día el importe es de 60 euros por hora, es decir, 600 euros el día completo.
La actualización de esta indemnización por paralización se debe a que el Indicador Público de Rentas de Efecto Múltiples (IPREM) se ha modificado tras la publicación de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023.
Este indicador, usado para calcular multitud de pagos, afecta también a la indemnización por la paralización que viene marcada en el artículo 22 de la Ley del Contrato de Transportes (Ley 15/2009), siempre y cuando no se ha pactado expresamente una cuantía. En esos casos, la ley establece que la cuantía de dicha paralización deberá ser equivalente al IPREM por día multiplicado por 2, por cada hora o fracción de paralización.
A efectos de calcular esta paralización, la Disposición adicional nonagésima de la Ley de Presupuestos determina a cuánto asciende para el 2023, que queda establecido en 20 euros para el IPREM diario, 600 euros para el mensual y 7.200 para el anual.
A partir de la primera hora
Cabe destacar que el Comité Nacional del Transporte por Carretera (CNTC) logró alcanzar un acuerdo en diciembre de 2021 con el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana en el que se incluyó la reducción de los tiempos de espera por los que se puede pedir una indemnización.
Esto dio lugar a la modificación del artículo 22 de la Ley 15/2009 del contrato de transporte de manera que, el tiempo mínimo de espera por el que se puede reclamar una indemnización, ha pasado de dos horas a una hora.
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