En el caso de doble conducción, si la pausa no se realiza con el vehículo parado, el tacógrafo del acompañante no señala descanso, sino disponibilidad, la nueva interpretación pretende que esa pausa no sea válida
Los gendarmenes están sancionando por exceso de conducción ininterrumpida en aquellos supuestos en que la pausa de 45 minutos no se realiza con el vehículo parado, y por tanto ese periodo aparece marcado con el símbolo disponibilidad y no con el símbolo descanso.
Se trata, según denuncian diversas fuentes de un cambio interpretativo unilateral que Francia ha empezado a sancionar desde el pasado 2 de marzo, y que los gendarmes franceses justifican en la modificación del Reglamento de tacógrafo 165/2014 por el cual las pausas deben realizarse con el selector de actividad en la posición descanso. En el caso de doble conducción, si la pausa no se realiza con el camión parado, el tacógrafo del acompañante no señala descanso, sino disponibilidad, la nueva interpretación pretende que esa pausa no sea válida.
Desde Guitrans, recomiendan que, en el caso de doble conducción, si un conductor ha agotado las 4.30 horas de conducción ininterrumpida y ha empezado a circular como "acompañante" no retome la conducción sin haber realizado una pausa de 45 minutos con el vehículo parado, de forma que aparezca en el tacógrafo con el signo de descanso.
Esta pausa no tiene que realizarse inmediatamente después del primer periodo de conducción, pero sí antes de reemprender la conducción tras haber agotado las primeras cuatro horas y media.
Además, fuentes de ASTIC han señalado que presentarán las reclamaciones oportunas ante todas las instancias competentes nacionales e internacionales.