Afecta a la aplicación de la tarifa de primas para la cotización a la Seguridad Social por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, entre otros colectivos, para los conductores de vehículo de transporte de mercancías con una capacidad de carga útil superior a 3,5 toneladas.
El departamento de Mercancías del Comité Nacional del Transporte por Carretera ha denunciado en un comunicado que la aprobación de la Ley 48/2015, de 29 de octubre de Presupuestos Generales del Estado, en su disposición final octava, que incluye la redacción de las reglas de aplicación de la tarifa de primas para la cotización a la Seguridad Social por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, entre otros colectivos, para los conductores de vehículo de transporte de mercancías con una capacidad de carga útil superior a 3,5 toneladas va a suponer una subida de más de un 80% en las cotizaciones a la Seguridad Social de los conductores profesionales de vehículos pesados.
“Esta modificación clandestina de la norma -afirma el Comité Nacional en un comunicado-, se produce tras haber denunciado este Comité el error de interpretación que de la regla ahora modificada, se estaba haciendo por parte de la Seguridad Social, error que ha permitido recaudar bastante más de lo que en derecho hubiere correspondido”. Un incremento que “para las empresas de transporte de mercancías por carretera, supone más un 80%, en la cotización por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales del conductor profesional”.
El Comité Nacional de Transportes ya ha anunciado su intención de “luchar por todos los medios a su alcance por la derogación de la norma modificada, así como por la restauración de la legalidad transgredida”.
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