El expediente abierto contra estas empresas investiga supuestas prácticas anticompetitivas consistentes en la fijación de precios
Tras la incoación del expediente abierto en el sector del transporte frigorífico nacional e internacional de mercancías por carretera, el 1 de julio de 2013, a algunas de las empresas más importantes de nuestro país, así como contra la principal organización que representa este tipo de transportes, ATFRIE, por presunta fijación de precios, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, tras analizar la documentación recabada ha decidido ahora ampliar el expediente con otras empresas del sector.
Entre las empresas que han pasado a engrosar dicho expediente figuran TRANSDONAT, S.A., TRANSPORTES TARRAGONA, S.A. y su matriz TARRAGONA INTERNACIONAL, S.L., TRANSPORTER HERMANOS CORREDOR, S.A., MOLINERO LOGÍSTICA, S.L., GUIRADO TRANS, S.A., GRUPO TRANSONUBA, S.L. y su matriz INVERSIONES ONUBA, S.L., RAU LOAD CARGO, S.L., INTER TRANS PEREZ CASQUET, S.L. y su matriz GRUPO EMPRESARIAL PEREZ CASQUET, S.L., DISFRIMUR, S.L. y su matriz GRUPO DISFRIMUR, LOGISTIC TRANSPORTS NB, S.L. y CASTILLO TRANS, S.A.
El expediente sancionador abierto el pasado 1 de julio, S/0454/13, por posibles prácticas anticompetitivas consistentes en la fijación de precios y condiciones comerciales del transporte frigorífico nacional e internacional de mercancías por carretera, incluyó a empresas como ARNEDO MEDINA VALENCIA, S.A., PRIMAFRIO, S.L., TRANSPORTES ANTONIO BELZUNCES, S.A., CAMPILLO PALMERA, S.L., TRANSPORTES CARLOS, S.L., TRANSPORTES CAUDETE, S.A. y TRANSPORTES MAZO HERMANOS. Posteriormente, 20 de mayo de 2014 se amplió contra otras 3 empresas: GRUP RAMFER 2005, S.L., MZ 73 INVERSIONES, S.L. y TRANSPORTES EUROPEOS COMUNITARIOS, S.A.,
Fruto del expediente abierto contra estas empresas, se realizaron una serie de inspecciones, los días 11 y 12 de diciembre de 2012 y 13 y 14 de marzo de 2013, en varias empresas del sector y en la sede de la Asociación Española de Empresarios de Transporte bajo temperatura dirigida (ATFRIE).
Desde la CNMV insisten en que a ampliación de la incoación no prejuzga el resultado final de la investigación, manteniéndose vigente el periodo máximo de 18 meses desde la fecha de la incoación inicial para la instrucción y resolución de este expediente por la CNMC.
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