La aplicación del gasóleo profesional debe de ir dirigida a todo vehículo que disponga de autorización de transportes, sin diferenciar su capacidad de carga o de lo contrario "llevará a miles de profesionales a una situación de auténtica precariedad".
Si hasta ahora la subida de los impuestos que gravan el diésel era una mera declaración de intenciones, según se desprenden de los datos conocidos en relación con la propuesta de presupuestos enviada a Europa, la subida de dichos impuestos, prevista para el próximo mes de enero, se da por hecha.
Ante esta nueva realidad, La Asociación de Transportistas Autónomos, (ATA) denuncia que “supondría una auténtica losa que haría peligrar miles de puestos de trabajo que en la actualidad desarrollan su actividad con autorizaciones de transporte en vehículos de menos de 7.500 kg”.
Para ATA, la aplicación del gasóleo profesional debe de ir dirigida a todo vehículo que disponga de autorización de transportes, sin diferenciar su capacidad de carga. “Sería lógico pensar que cualquier discriminación motivaba por la dimensión del vehículo sería totalmente injusta y vulneraría el principio de libre competencia entre transportistas, afirma Antonio Villaverde, presidente de esta asociación.
Desde la asociación de transportistas autónomos señalan además que de incluir en el uso del gasóleo profesional a todo vehículo con autorización de transportes “daríamos un paso adelante en la lucha contra el intrusismo y los ilegales ya que estos se verían perjudicados al no poder beneficiarse de la devolución del impuesto”.
El criterio de considerar sólo a vehículos cuyo peso máximo autorizado sea igual o superior a 7,5 toneladas para acogerse al uso del gasóleo profesional se deriva de una directiva europea, una cuestión que para Antonio Villaverde supone una “discriminación brutal, porque tanto vehículos grandes como pequeños hacen transporte profesional”. Por tanto, la Asociación reclama que al igual que en el transporte de viajeros el gasóleo profesional se ha extendido a vehículos que en principio no consideraba la directiva europea, en mercancías se debe de extender a todo vehículo de transporte en posesión de la citada autorización.
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