Desde hoy lunes, 1 de octubre, sólo se podrá utilizar la vía telemática para todos los trámites relacionados con afiliación, Cotizaciones y recaudación de cuotas, además de la recepción de notificaciones
Como ya informamos hace unos meses, el 1 de octubre era la fecha elegida para que se produjese el “apagón analógico” para buena parte de los trámites burocráticos entre trabajadores autónomos y Hacienda. Así, los trabajadores autónomos tienen desde el lunes 1 de octubre la obligación de realizar por vía telemática todos los trámites relacionados con la afiliación, la cotización y la recaudación de cuotas, además de la recepción de notificaciones. El cambio fue recogido por una orden ministerial con fecha 1 de marzo de 2018, que otorgaba un plazo de seis meses (entre el 1 de abril y el 1 de octubre) para que los trabajadores por cuenta propia se fuesen adaptando. En cualquier caso, hay que decir que, a día de hoy, cerca del 85 % de las gestiones realizadas por autónomos ya se hace por medios electrónicos.
La medida afecta, a todos los trabajadores autónomos pertenecientes al RETA, además de a los trabajadores del Sistema Especial de Trabajadores Agrarios (SETA) y a los del grupo I del Régimen Especial de Trabajadores del Mar.
Los autónomos pueden hacer efectiva esta nueva obligación mediante el sistema de remisión electrónica de datos (RED) -a través de un autorizado que actuará en representación del autónomo-, y la sede electrónica de la Seguridad Social, donde el trabajador puede acceder a un amplio catálogo de servicios para la realización de sus trámites.
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